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Líneas de valor añadido
líneas 807.
Pertenecen a la Red Inteligente pero en este caso se trata de Líneas de Tarificación Adicional con una regulación legal específica.
Servicios de Asesoramiento, Información, Enseñanza, Ayuda,
Gestión, Formación, Atención personalizada de consultoría,
etc.
Se pueden generar nuevos ingresos o simplemente a conseguir mejorar la imagen
de la compañía explotando este producto.
Las líneas de Tarificación Adicional en tienen varios prefijos
específicos que comienzan por 803, 806 y 807 para diferenciar el tipo
de servicios en función del prefijo. La base de funcionamiento es que
el cliente que llama acepta pagar un precio por minuto mayor porque sabe que
va a recibir algún tipo de servicio profesional a cambio, y el proveedor
del servicio obtiene un ingreso a partir de 0,74 euros por minuto y, dependiendo
del volumen, esta cantidad puede verse incrementada incluso hasta los 0,80
euros por minuto.
Particularmente el 807 tiene como único fin facilitar a los profesionales la oportunidad de ofrecer sus servicios telefónicamente. Este tipo de líneas tiene un coste por minuto mayor que una llamada a un teléfono de la red fija pues se trata de que ese incremento pague de alguna forma el servicio telefónico que se va a obtener, estando los precios por minuto fijados por Ley. Existen varios niveles de precios, aunque en estos momentos sólo se puede acceder libremente a los de nivel 1, 2 y 3, cuyo máximo coste por minuto es menor de 1 euro (IVA no incluido).
Esto abre un sin número de ofertas de servicios a través de este tipo de líneas. Es un abanico inmenso el que se abre ofreciéndonos ampliar la oferta de servicios sin prácticamente inversión.
usos de la línea 807
En este código se ofrecerán servicios relacionados con actividades empresariales, profesionales o artísticas, que estén vinculadas a la obligatoriedad de una colegiación, o que para el ejercicio de la actividad profesional se requiera estar en la posesión de un título homologado por las autoridades competentes.
El Código de Conducta para la prestación de servicios de tarificación adicional reserva el prefijo 807 para los servicios de profesionales y deberán incluir la siguiente información:
* Fuente de información, experto en la materia, identificación
del prestador del servicio y sus datos registrales.
* Colegio profesional al que pertenecen, título académico oficial
y número de colegiado.
Los profesionales que ofrezcan asesoramiento médico, psicológico o dietético deberán, además, aportar certificación que avale el contenido del servicio prestado.
Los profesionales que ofrezcan servicios de asistencia técnica deberán ofrecer un servicio efectivo al usuario. Se entenderá como incumplimiento del código de conducta los servicios que se limiten a recogida de avisos así como los servicios que ofrezcan reparación o sustitución de piezas en el período de garantía legal del aparato.
No podrán ofrecerse a través de llamadas a números de tarificación adicional los servicios destinados a ofrecer o solicitar empleo, ya sea remunerado o sin remunerar.
Se podrán ofrecer, también, a través de este código servicios de información de las Administraciones Pública u organismos públicos vinculados o dependientes de ella así cómo de otras instituciones con fines de interés social
Un ejemplo de estos servicios son:
- Consultoria de abogados, psicologos.
- Servicio de información meteorológica y maritima.
- Lineas de postventa de billetes de avíon. (Ej. ClickAir)
- Asesoramiento telefónico de mantenimiento informático.
- Información turistica.
- Servicio de orientación académica y profesional.
- Alquiler de cocher sin chofer. (Ej. PepeCar.)
- Portales de internet, servicio de atención al internauta (Ej. Hispavista ...)
información legal asociada al servicio
La utilización de este prefijo telefónicos 807 está sujeta a la aceptación de un Código de Conducta marcado por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.
Conforme al Código de conducta para la prestación de servicios de tarificación adicional (803 - 806 - 807 - 907), al que obligatoriamente están sometidas todas las empresas que ofrecen estos servicios se establecen una serie de obligaciones relacionadas con la publicidad, toda publicidad que incluya estos números debe contener la siguiente información:
- Identidad del titular y número llamado
- Precio máximo por minuto tanto de red fija como móvil
- Información genérica del tipo de servicio que se ofrece
- Si está dirigido a mayores de 18 años
También existirá incumplimiento del Código de Conducta para los prestadores de Servicios de Tarificación Adicional cuando ocurra que:
- se envíe cualquier tipo de comunicación que incite a realizar llamadas, sin que el usuario lo haya solicitado previamente.
- el contenido de la publicidad sea ofensivo o induzca a engaño. Deberá mostrar siempre la verdadera naturaleza del servicio prestado.
El incumplimiento de las obligaciones del Código de Conducta dará lugar a la suspensión del servicio de tarificación adicional, y a la retirada del número telefónico correspondiente.
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